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Préstamos y Beneficios

A continuación, se detallan montos, plazos y condiciones establecidas por el Directorio del Comité de Bienestar para los préstamos y bonificaciones sociales que se otorgarán en el periodo 2024.

 

• Monto máximo: $300.000, sujeto a evaluación.
• Cuotas: Hasta 3 cuotas, o bien 1 cuota en mayo.
• Modalidad: Cobro mensual por planilla. La primera cuota se descuenta al mes siguiente de la solicitud.
• Interés mensual: 0,5%.
• Descripción: Préstamo disponible únicamente en enero, febrero y marzo, destinado a la compra de lista de útiles escolares, uniforme escolar o permiso de circulación (no incluye multas).

Condiciones:
1. La solicitud debe presentarse con presupuesto, cotización o documentos que respalden el requerimiento.
2. La primera opción de pago será transferencia al prestador del servicio; en segunda opción, transferencia al socio.
3. El préstamo debe ser respaldado dentro de los 5 días hábiles posteriores a su entrega. En caso de incumplimiento, se congelarán las prestaciones y beneficios hasta que se adjunten los antecedentes pertinentes.

• Monto máximo: $600.000, sujeto a capacidad de pago.
• Cuotas: Hasta 11.
• Modalidad: Cobro mensual por planilla. Primera cuota descontada al mes siguiente de otorgado.
• Interés mensual: 2,9%.
• Descripción: Libre uso, no requiere respaldo documental.

Condición especial:
1. Si mantiene préstamo vigente del año anterior, solo accede al 50% del monto autorizado.

• Monto máximo: $500.000 máximo
• Cuotas: De 1 a 12 (máximo)
• Modalidad: Cobro mensual por planilla. Primera cuota descontada al mes siguiente de otorgado.
• Interés mensual: 1.5%.
• Descripción: Préstamo para casos de emergencia o fuerza mayor (choque, reparación de vehículo familiar, entre otros), sujeto a evaluación social, no cubre pago de servicios básicos, casas comerciales, escolaridades o matriculas. La solicitud se realiza con presupuesto o documentos que respalden la emergencia, los que se deben ir adjuntos a ésta

Condición especial:
1. El pago se emite a nombre de la institución donde el socio debe realizar el pago.
2. El socio debe presentar respaldo y boletas de pago correspondientes.
3. El socio cuenta con 5 días hábiles para entregar dichos respaldos.
4. En caso de incumplimiento, se congelarán las prestaciones y beneficios hasta que se presenten los comprobantes.

• Monto máximo: $1.000.000.
• Cuotas: Hasta 18.
• Modalidad: Cobro mensual por planilla. La primera cuota se descuenta posterior a la cobertura del seguro de salud.
• Interés mensual: 0,5%.
• Descripción: Préstamo destinado a casos de salud, tales como programas médicos, exámenes, medicamentos de alto costo, tratamientos dentales, compra de lentes y audífonos.

Condiciones:
1. La solicitud debe presentarse con presupuesto o documentos que respalden el requerimiento.
2. La primera opción de pago será transferencia al prestador del servicio; en segunda opción, transferencia al socio, emitida igualmente a nombre de la institución donde se realiza el pago (clínicas, Isapres, FONASA, farmacias, etc.).
3. El préstamo debe ser respaldado dentro de los 5 días hábiles posteriores a su entrega. En caso de incumplimiento, se congelarán las prestaciones y beneficios hasta que se adjunten los antecedentes pertinentes.

• Monto máximo: $500.000.
• Cuotas: Hasta 12.
• Modalidad: Cobro mensual por planilla. La primera cuota se descuenta al mes siguiente de otorgado el préstamo.
• Interés mensual: 1%.
• Descripción: Préstamo destinado a casos de salud de socios sin seguro complementario, cargas familiares previamente declaradas (cónyuge, pareja, hijos, nietos, padres, etc.) y atención veterinaria de mascotas inscritas en el registro de mascotas. Incluye programas médicos, exámenes, medicamentos de alto costo, tratamientos dentales, compra de lentes y audífonos.

Condiciones:
1. La solicitud debe presentarse con presupuesto o documentos que respalden el requerimiento.
2. La primera opción de pago será transferencia al prestador del servicio; en segunda opción, transferencia al socio para que realice el pago en clínicas, Isapres, FONASA, farmacias, etc.
3. El préstamo debe ser respaldado dentro de los 5 días hábiles posteriores a su entrega. En caso de incumplimiento, se congelarán las prestaciones y beneficios hasta que se adjunten los antecedentes pertinentes.

• Monto máximo: $1.700.000.
• Cuotas: De 1 a 24.
• Modalidad: Cobro mensual por planilla. La primera cuota se descuenta al mes siguiente de otorgado el préstamo.
• Interés mensual:
1,6% para préstamos de 1 a 12 cuotas.
1,8% para préstamos de 13 a 24 cuotas.
• Descripción:Préstamo destinado exclusivamente a casos de salud oral y tratamientos dentales.

Condiciones:
1. Disponible solo para el socio titular y sus cargas legales.
2. La solicitud debe presentarse con presupuesto o documentos que respalden el requerimiento.
3. La primera opción de pago será transferencia al prestador del servicio; en segunda opción, transferencia al socio para que realice el pago en clínicas, Isapres, FONASA, etc.
4. El préstamo debe ser respaldado dentro de los 5 días hábiles posteriores a su entrega. En caso de incumplimiento, se congelarán las prestaciones y beneficios hasta que se adjunten los antecedentes pertinentes.
5. Este préstamo es acumulable, pero la suma total no puede superar el monto máximo autorizado.

Observación
Las y los socios en calidad de contrata y código del trabajo tienen como fecha límite para el pago de cualquiera de los préstamos descritos, hasta el mes de diciembre del año en curso 2026.

• Monto: $200.000.
• Beneficiarios: Socio/a que contraiga Matrimonio Civil o Unión Civil.
• Condición especial: Si ambos cónyuges son afiliados, se paga a ambos.
• Requisito: Certificado de Matrimonio o Unión Civil.
• Plazo: 60 días desde la celebración.

• Monto: $150.000.
• Beneficiarios: Socio/a que se convierta en padre o madre.
• Condición especial: Si ambos padres son socios, se paga a ambos.
• Requisito: Certificado de Nacimiento.
• Plazo: 60 días desde el parto.

• Monto máximo: $300.000 (sujeto a evaluación social).
• Destino: Apoyo a gastos de defunción (cremación, diferencia de funerario, nicho, mantención de cementerio – solo una opción).
• Gestión: Pago preferente directo a la entidad prestadora; en caso contrario, transferencia a quien acredite el gasto o beneficiario declarado.
• Requisitos: Certificado de Defunción + comprobantes contables (boleta/factura).
| • Plazo: 60 días desde el deceso.

• Monto: $200.000.
• Beneficiarios: Socio/a que certifique relación legal.
• Requisitos: Certificado de Defunción + Certificado de Matrimonio/Unión Civil o nacimiento de hijos en común.
• Condición especial: El cónyuge debe estar registrado en antecedentes familiares de Bienestar.
• Plazo: 60 días desde el deceso.

• Monto: $200.000.
• Beneficiarios: Socio/a que certifique parentesco.
• Requisitos: Certificado de Defunción + copia de decreto de reconocimiento de carga legal.
• Plazo: 60 días desde el deceso.

• Monto: $200.000.
• Beneficiarios: Socio/a que acredite parentesco.
• Condición especial: Si existen hermanos socios, el beneficio se paga a cada uno.
• Requisitos: Certificado de Defunción + Certificado de Nacimiento del socio.
• Plazo: 60 días desde el deceso.

• Monto: $200.000.
• Destino: Apoyo por asalto, robo, portonazo, choque, incendio, daños en vivienda u otras situaciones evaluadas socialmente.
• Requisitos: Denuncia legal o documentos que respalden los hechos.
• Plazo: 30 días desde el siniestro.
• Condición especial: Se puede cobrar solo una vez al año.

• Tipo: Seguro colectivo cofinanciado (aporte compartido entre socio y Bienestar).
• Aporte Bienestar: $11.000 mensuales por socio, equivalente a $132.000 anuales.
• Costo: 1.097 UF (aprox. $43.607) Menos el copago de Bienestar, costo final para el socio $32.607 aprox.

Coberturas:
Salud: 400 UF en reembolsos por cada titular y cada carga legal (cónyuge, hijos, nietos, padres, etc.).
Catastrófico: 2000 UF de reembolso por grupo familiar.
Vida: 50 UF.

Características:
No cobra adicional por carga.
Permite incorporar hijos, nietos, cónyuge, madre viuda, padre o madre mayor de 65 años, siempre que estén reconocidos como carga legal.
• Requisito de incorporación: Solicitud + copia de decreto de reconocimiento de carga (trámite en Recursos Humanos).

• Tipo: Seguro colectivo de vida cofinanciado (aporte compartido entre socio y Bienestar).
• Aporte Bienestar: $2.000 mensuales por socio, equivalente a $24.000 anuales.
• Duración: Licitación adjudicada por 24 meses.
• Cobertura: Seguro de Vida de 200 UF solo para el titular, en caso de fallecimiento.
• Costo mensual: 0,080 UF (aprox. $3.180). Menos el aporte de bienestar, costo final $1.180 aprox.
• Ingreso: No requiere declaración de salud.

Observación
Quienes no estén inscritos en el Seguro Complementario de Salud BCI no tendrán acceso a la bonificación de salud.

Se entregara al afiliado que este cursando algún nivel educacional y a quienes acrediten que sus cargas legales se encuentren cursando en alguna institución acreditada por MINEDUC.

Solo se realizarán dos fechas de pago, sin excepciones. Si los antecedentes no son presentados dentro del plazo establecido, no obtendrá el beneficio.

Requisitos:
Para los hijos:
• Ser carga legal con decreto vigente
• Tener entre 4 y 24 años.
• Estar cursando educación pre-básica, básica, diferencial, media o superior.
• Cargas mayores de 18 años, no deben percibir ingresos, ni estar trabajando, acreditando esto con un certificado de cotizaciones de AFP de los últimos 12 meses.

Documentación requerida:
• Certificado de Alumno Regular o Matricula año 2026, en original físico.
• Mayores de 18 deben adjuntar Certificado de Cotizaciones de AFP últimos 12 meses.
• Copia decreto de carga.
• No se recibirá documentación incompleta ni por correo electrónico.

El monto será de acuerdo al siguiente desglose:
• Enseñanza Pre Básica, básica y diferencial $50.000.-
• Enseñanza Media $60.000
• Enseñanza Superior $100.000.-
• En cualquier nivel educacional se cancelara el beneficio una vez en el año, por causante.

Primer periodo
• Recepción de antecedentes desde el día lunes 02 al lunes 30 de marzo de 2026.
• Fecha de pago: día viernes 3 de abril de 2026

Segundo y último periodo
• Recepción de antecedentes desde el día lunes 04 al viernes 29 de mayo de 2025.
• Fecha de pago: día vienes 05 de junio de 2026.

En el caso de los funcionarios que se encuentren cursando educación formal, solo deben presentar el certificado de alumno regular o matricula, respetando los mismos plazos señalados.

• Monto: $100.000 (por una sola vez).
• Beneficiarios: Afiliados que se encuentren realizando estudios de perfeccionamiento.
• Requisito: Certificado de aprobación de postgrado (magíster, licenciatura, doctorado, diplomado, etc.) emitido por institución acreditada por MINEDUC (CFT, IP o Universidad).
• Documentación: Original en formato físico. No se reciben solicitudes por correo electrónico, ya que el socio debe firmar formulario de solicitud.
• Plazo: 6 meses desde la fecha de aprobación y término del estudio.

• Monto: $100.000 (por una sola vez, por cada socio).
• Beneficiarios: Afiliados que certifiquen obtención de título técnico o profesional.
• Requisito: Certificado de Título o de Obtención de Título (no de egreso), emitido por institución acreditada por MINEDUC (CFT, IP o Universidad).
• Documentación: Original en formato físico. No se reciben solicitudes por correo electrónico, ya que el socio debe firmar formulario de solicitud.
• Plazo: 6 meses desde la fecha de obtención del título.



La gestión de este aporte será coordinado estrictamente por el personal de la Oficina de Bienestar, quienes solicitaran antecedentes de respaldo, dependiente de cual sea el motivo por el que se solicita la ayuda.

Observación
Con el fin de facilitar el proceso de solicitud y entrega de los beneficios descritos, es indispensable que cada socia y socio mantenga actualizada su información personal en el registro de antecedentes que administra la Oficina de Bienestar.
Diversas situaciones han demostrado la importancia de contar con datos vigentes y completos. Por ello, se invita a cada afiliado a:
• Actualizar su información personal en caso de cambios.
• Entregarla por primera vez si aún no lo ha hecho.
Mantener este registro al día garantiza una gestión más ágil, transparente y oportuna de los beneficios.

Observación General
De acuerdo al Artículo 52 del Título VIII del Reglamento de Bienestar, los beneficios y prestaciones están sujetos a la disponibilidad presupuestaria del Comité, por lo que podrían modificarse posterior a la recepción de la remesa anual entregada por el empleador.